Quiénes somos

Gaesa Asesores, surge fruto de la unión de un grupo de economistas y abogados con el objetivo de ofrecer de manera conjunta un servicio de calidad a empresas y particulares, buscando siempre adaptarnos a las necesidades del cliente y con la finalidad de ofrecer una solución a los distintos problemas que puedan surgir en su desarrollo empresarial o profesional.

Contamos con más de veinte años de experiencia en este modelo de asesoramiento conjunto en todos los sectores económicos y con todo tipo de clientes; personas, instituciones públicas y empresas tanto pymes como multinacionales, actuando como gabinete de asesoramiento externo y apoyo a la gestión para más de un centenar de clientes que confían en nosotros

Con nuestros servicios tratamos de ayudar a la mejor gestión de su actividad empresarial, asesorando siempre en la prevención de posibles contingencias futuras e implementando las acciones necesarias para colaborar en la consecución de los objetivos fijados.

Nuestra filosofía se basa en el trabajo en colaboración siempre con el cliente, haciendo de sus objetivos los nuestros, involucrándonos en todos los aspectos que entendamos necesarios para prestar el mejor servicio posible.

Su éxito es el nuestro.

Gaesa-impuesto-sociedades

El 1 de julio da inicio el plazo de presentación del Impuesto sobre Sociedades para todas aquellas entidades cuyo cierre fiscal coincide con el año natural. Es importante estar al tanto de los principales aspectos a tener en cuenta en esta declaración.

Algunos de los elementos clave son las amortizaciones, los deterioros fiscalmente deducibles, los gastos no deducibles y la compensación de bases imponibles negativas. Además, hay que prestar atención a los tipos de gravamen aplicables. A continuación detallamos algunas:

1.- Amortizaciones del inmovilizado material, intangible e inversiones inmobiliarias

En el caso de bienes usados se amortizarán aplicando el doble del coeficiente de amortización líneal máximo sobre su precio de adquisición o coste de producción originario si se conociese.

En el caso de elementos utilizados durante más de un turno podrán amortizarse en función del coeficiente formado por la suma del coeficiente de amortización mínimo y el resultado de multiplicar la diferencia entre el coeficiente de amortización lineal máximo y el mínimo por el coeficiente entre las horas diarias habitualmente trabajadas y ocho horas.

2.- Deterioros fiscalmente deducibles

No son deducibles las pérdidas por deterioro de créditos adeudados por:

  • Entidades públicas (Administración del Estado, CC.AA., corporaciones locales, entidades gestoras de la Seguridad Social, etc …).

  •  Personas o partes vinculadas (salvo que estén en situación de concurso y se haya producido la apertura de fase de liquidación por el juez).

  •  Las correspondientes a estimaciones globales del riesgo de insolvencias.

3.- Reserva de nivelación

Es obligatorio la dotación de una reserva indisponible por importe de la reducción con cargo a los beneficios del ejercicio en que se minora la base. Si no existen beneficios suficientes en el ejercicio de reducción, deberá dotarse en los ejercicios siguientes en cuanto sea posible.

4.- Compensación de bases imponibles negativas

La Administración podrá revisar las bases imponibles negativas a un plazo máximo de 10 años desde la finalización del plazo de presentación de la declaración del Impuesto donde se generaron dichas bases imponibles negativas. Es importante conservar toda la documentación contable de los ejercicios en los que la empresa haya generado bases imponibles negativas en el Impuesto sobre Sociedades.

 

En Gaesa Asesores te ayudamos a cumplir con todos los requisitos de la declaración del Impuesto sobre Sociedades de forma correcta y a tiempo. Contamos con un equipo de expertos que te guiarán en todo el proceso.

Leave a comment